ASESORÍA INTEGRAL DE EMPRESAS
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Aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)

Estimado cliente:

Desde Asempyme & Consulting le informamos sobre la importancia del cumplimiento de la nueva Ley sobre Protección de Datos de Carácter Personal antes del 25 de mayo de 2018, fecha a partir de la cual todas las empresas tendrán que estar adaptadas al nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos. Esta normativa cambiará la forma de actuar en todos los Estados miembros de la UE e implica una concienciación global sobre la privacidad de las personas y las empresas.

Es por ello que Asempyme & Consulting le recomienda revisar su política de protección de datos, para que los datos de sus clientes estén protegidos.

Además, hay que tener en cuenta que sobre esta Normativa cada vez se está llevando un mayor control por parte de la Administración y las sanciones que puede imponer la Agencia Española de Protección de Datos a aquellas que no la cumplan (hasta 20 millones de euros o 4% del volumen de negocio anual), así como las responsabilidades de carácter civil, penal y laboral, que implica para los responsables de la empresa, son motivo más que suficiente para contemplar su cumplimiento.

Algunas de las novedades que hay que tener en cuenta serían:

  1. Se refuerza la exigencia del consentimiento mediante una declaración o acción afirmativa, no pudiendo deducirse del silencio o de la inacción.
  2. La figura del Delegado de Protección de Datos adquiere una importancia vital, siendo obligatorio para las empresas, para encargarse de garantizar el cumplimiento, notificar las infracciones de seguridad y tramitar las autorizaciones que sean necesarias.
  3. Se exigirán Evaluaciones de Impacto antes de iniciar el tratamiento de datos personales.
  4. Se establece la protección de datos desde el diseño y por defecto: la privacidad se convierte en pieza clave para que las empresas responsables determinen desde el primer momento qué medidas de seguridad deberá aplicar para el tratamiento de datos que va a realizar.
  5. Impera el Principio de Responsabilidad (Accountability): Se tiene que acreditar que se han adoptado todas las medidas necesarias de forma proactiva, es decir, antes de cualquier posible reclamación o queja, no sólo se deberá cumplir el Reglamento sino poder probar que se ha hecho.
  6. El régimen sancionador se vuelve más severo y afectarán tanto a los responsables como a los encargados de protección de datos.

Por este motivo, es importante que su empresa adapte todos sus procesos, documentación, página web y actividad aI nuevo Reglamento General de Protección de Datos.

A partir de dicha fecha se exigirá en caso de incidencia o denuncia, además de haber realizado todas las gestiones necesarias sobre protección de datos, demostrar que se han tomado todas las medidas necesarias.

Por todo ello, es recomendable que en vuestra empresa verifiquéis todas las gestiones, así como forméis al menos a una persona de vuestra plantilla, para que sepa aplicar correctamente la nueva normativa y ejerza como responsable de Protección de datos.

Por este motivo, y dada la complejidad y las consecuencias que puede conllevar un mal uso de los datos de sus clientes, comunicamos que es posible contratar este servicio con una empresa externa especializada en la adaptación al nuevo Reglamento General de Protección de datos.

 

Como siempre, desde Asempyme & Consulting estamos a su disposición para lo que necesite.

Si tiene cualquier duda sobre la aplicación del Reglamento General de Protección de Datos, no dude en ponerse en contacto con nosotros por e-mail, teléfono o en nuestras oficinas.

 

Atentamente,

 

Alfredo Pereira

Director General