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lunes, 16 de marzo de 2020

Medidas ante el Coronavirus COVID-19

Estimado cliente:

La declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria ha provocado un aluvión de dudas en relación a las medidas a tomar tanto con los trabajadores de las empresas como con los impuestos y gastos a pagar por las mismas.

La presente comunicación alude exclusivamente a las decisiones qué consideramos que pueden tomar las empresas con los trabajadores a día de hoy.

Mañana martes 17 de marzo de 2020, en el Consejo de Ministros, se van a aprobar medidas económicas que afectarán a las empresas y a los autónomos. Desde Asempyme & Consulting consideramos que para determinadas medidas como puede ser principalmente un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), lo más razonable es esperar a la aprobación de dichas medidas para conocer si se agilizan dichos trámites, así como conocer a qué sectores será de aplicación lo que se apruebe en el Consejo.

A día de hoy la crisis sanitaria o el estado de alarma NO se consideran causas de fuerza mayor, impidiendo así alegar esta causa para agilizar un ERTE.

No obstante, consideramos que las medidas para las empresas no van a ser fáciles: Nos encontramos que en el día de hoy que muchas empresas pueden tener actividad por no estar excluidas en el Real Decreto del 13 de marzo pero, por el contrario, no pueden realizar con normalidad tales actividades por diversos motivos (obras paralizadas, imposibilidad de repartir a clientes que deben permanecer cerrados, proveedores que no suministran, domicilios que no abren, etc.).

Lo mismo diríamos en cuanto a las vacaciones de los trabajadores: La imposición de las mismas podría considerarse como “ilegales” si los trabajadores las impugnan. Ahora bien, aconsejamos negociarlas e incluso tomar la decisión de imponerlas en algún caso, estudiando detenida y particularmente cada caso.

En el mismo sentido hablaríamos de los despidos por causas objetivas: Ni está regulado ni existe previsión de que esta circunstancia sea automáticamente causa de despido objetivo. A pesar de ello, insistimos que hay que estudiar el caso concreto de cada cliente. Nos encontramos con clientes que se les ha paralizado la actividad por muchos meses por cancelación de eventos, ferias, u otras circunstancias, casos que sí que podrían habilitar tal modalidad de despido.

En último lugar, nos ponemos a disposición de todos nuestros clientes como siempre, para prestar total apoyo y dar el mayor asesoramiento personalizado. Igualmente, rogamos su comprensión debido a la incertidumbre y a las numerosas dudas en que nos encontramos todos.

 

Como siempre, desde Asempyme & Consulting estamos a su disposición para lo que necesite.

Si tiene cualquier duda sobre la tramitación de bajas por el COVID-19, no dude en ponerse en contacto con nosotros por e-mail o por teléfono.

Le recordamos, que dada la situación, todo el personal trabajará desde sus domicilios particulares, siempre ofreciéndoles el mejor servicio y el máximo apoyo ante el desconcierto que esta situación pueda crear.

 

Atentamente,

 

El equipo de Asempyme & Consulting